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Título: CREASE ESCUELA ESPECIAL PARA DEFICIENTES MENTALES EN LA CIUDAD DE ANDALGALA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 5 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 1 Marzo 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Créase una Escuela Especial para Deficientes Mentales en la Ciudad de Andalgalá, en el Departamento homónimo.
ARTICULO 2.- El Consejo General de Educación de la Provincia proveerá la dotación de personal técnico para su funcionamiento.
ARTICULO 3.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):