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Título: ESTABLECESE PUBLICACION DE SENTENCIAS JUDICIALES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 11 Oct. 2018
Fecha de publicacion: 16 Nov. 2018
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1°.- Establécese la publicación obligatoria y sin excepciones, de todas las sentencias dictadas por la Corte de Justicia, Cámaras con competencia Civil, Comercial, Laboral, de Familia, de Menores, de Minas, Cámaras Criminales y de Apelación Penal, y las que se crearen en el futuro, cualquiera sea el fuero al que pertenezcan, y las emitidas por el Tribunal Electoral.
ARTICULO 2°.- La publicación obligatoria comprende también a las acordadas y resoluciones administrativas que emitieren.
ARTICULO 3°.- A los fines del cumplimiento del deber de publicación de los actos jurisdiccionales y administrativos establecidos en los Artículos 1 y 2 de la presente Ley, los órganos judiciales que hubieren emitido la sentencia, acordada o resolución, adoptarán los resguardos legales a que hubiere lugar, de conformidad al ordenamiento constitucional y legal vigente para propender a la tutela de los derechos personalísimos de quienes, por ser parte o terceros intervinientes en el proceso de que se trate, pudieran resultar afectados por la difusión de datos protegidos.
ARTICULO 4°.- Medio de Publicación. La publicación de las sentencias se llevará a cabo en la página web del Poder Judicial de Catamarca, de conformidad a las normas reglamentarias que al efecto dicte la Corte de Justicia, asegurando el cumplimiento irrestricto de las disposiciones establecidas en la presente Ley y el ejercicio libre, efectivo y directo del derecho de acceso de los profesionales del Derecho y de la totalidad de los ciudadanos al conocimiento de los fallos judiciales.
ARTICULO 5°.- De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
Registrada con el N° 5557
Firmantes: SOLA JAIS-LOPEZ RODRIGUEZ-Kranevitter-Peralta
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):