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Título: EXPROPIASE INMUEBLE EN FIAMBALA - TINOGASTA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 11 Mayo 1983
Fecha de publicacion: 6 Set. 1983
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ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación el inmueble ubicado en el Distrito Fiambalá - Departamento Tinogasta, con Matrícula Catastral 15-26-42-6264- Padrón 7055, registrado a nombre de María VERASAY de SALEME, por hijuela (Partida 8) de Suc. Antonio SALEME, siendo sus dimensiones y linderos los siguientes:
MEDIDAS:
Norte: 69,80m.
Sud: 70,52m.
Este: 59,56m.
Oeste: 44,89m.
LINDEROS:
Norte: Parcela Matrícula Catastral 15-26-42-4473
Sud: Parcela Matrícula Catastral 15-26-42-4473
Este: Parcela Matrícula Catastral 15-26-42-4473
Oeste: Ruta Nacional Nº 60.
SUPERFICIE: 3.643.55m2.
Valuación Fiscal/83 $ 818.588, - conforme mensura practicada y aprobada por la Dirección de Catastro - Resolución Nº 338 de fecha 16 de Mayo de 1980.
ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será destinado para construir la Sección Fiambalá de Gendarmería Nacional.
ARTICULO 3.- El gasto emergente será atendido con fondos de la Partida Principal 061 - BIENES PREEXISTENTES-, Unidad de Organización 010, Finalidad 007, Función 090, de la Jurisdicción 005- Ministerio de Economía.
ARTICULO 4.- Autorízase a Fiscalía de Estado a iniciar el correspondiente juicio de expropiación.
ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):