Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  

Inicio / Ley

Ley
    

  
Detalle de Ley 5343
  

 

Título: LICENCIA ANUAL EXTRAORDINARIA PARA LA REALIZACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CONTROLES GINECOLÓGICOS DE MAMOGRAFÍA Y PAPANICOLAU

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 3 Nov. 2011

Fecha de publicacion: 9 Dic. 2011

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley N° 5343 – Decreto Nº 2110
LICENCIA ANUAL EXTRAORDINARIA PARA LA REALIZACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CONTROLES GINECOLÓGICOS DE MAMOGRAFÍA Y PAPANICOLAU

 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1°.- Otórguese una Licencia Anual Extraordinaria de 1 (un) día por año Calendario, a toda mujer que se desempeñe en los organismos del Estado Provincial, destinada para la realización obligatoria de los controles ginecológicos de Mamografías y Papanicolau, a efectos de prevenir y/o erradicar patologías como el cáncer.

ARTÍCULO 2°.- Las certificaciones correspondientes de los exámenes ginecológicos, serán presentadas en el organismo de Reconocimientos Médicos que corresponda para su justificación laboral.

ARTÍCULO 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá instrumentar a través del Ministerio de Salud, campañas preventivas permanentes de información, relacionadas con estas patologías que afectan directamente sobre la salud y calidad de vida de la mujer.

ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Municipios, a la adhesión de la presente Norma.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.

 

Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-MORENO-Calliero-Barros

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 98/2011

  • Sin temas relacionados

  • Sin información

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para esta Ley, envianos tu comentario: