Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4272
  

 

Título: FABRICA PROCESADORA DE PULPA DE MEMBRILLO EN LA CIUDAD DE ANDALGALA - OTORGASE SUBSIDIO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 13 Dic. 1984

Fecha de publicacion: 19 Marzo 1985

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Ley 4272 - Decreto Nº 238
FABRICA PROCESADORA DE PULPA DE MEMBRILLO
EN LA CIUDAD DE ANDALGALA - OTORGASE SUBSIDIO

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Otórgase un subsidio por única vez, por la SUMA DE PESOS ARGENTINOS DIEZ MILLONES SETENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($a. 10.070,544), destinado a la terminación de la obra de la Fábrica Procesadora de Pulpa de Membrillo de la Ciudad de Andalgalá, en el Departamento homónimo.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial dispondrá de Rentas Generales los fondos para hacer efectivo lo dispuesto por la presente Ley.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: GARBE-ROSALES-Marcolli-Romero

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

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