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Título: CREASE COMISION PARA ESTUDIO Y PROYECTO DEL PLAN URBANISTICO DE RECREO - DEPARTAMENTO LA PAZ
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 13 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 26 Marzo 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Créase una comisión técnica que realice estudios y proyecte un plan regulador urbanístico de la Ciudad de Recreo - Departamento La Paz.
ARTICULO 2.- Intégrase la comisión a que se refiere el Artículo 1 de la presente Ley, con técnicos de la Dirección de Arquitectura, Subsecretaria de Asuntos Municipales, Dirección de Planeamiento, Obras Sanitarias, Dirección de Energía, Dirección de Obras Públicas y Dirección de Hidráulica.
ARTICULO 3.- La precitada comisión, elaborará en un plazo no mayor de sesenta (60) días a contar de su constitución oficial, un plan regulador que ordene y reglamente el futuro crecimiento de la Ciudad de Recreo en materia edilicia, calles, y avenidas, caños, redes cloacales, agua potable, electrificación, espacios verdes, centros recreativos y deportivos, comercios, iluminación pública, desagües domiciliarios y redes colectoras de aguas pluviométricas.
ARTICULO 4.- Una vez concluído este plan regulador, será entregado a las Autoridades de la Municipalidad de la Ciudad de Recreo, quienes serán responsables de su cumplimiento, pudiendo para ello incorporarlo a su respectiva Ordenanza Municipal y/u otras reglamentaciones afines que posea.
ARTICULO 5.- De forma.
Firmantes: GARBE-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):