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Título: CONSTRUCCION E INSTALACION DE LA RED CLOACAL EN TODO EL RADIO DE LA CAPITAL - CATAMARCA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 12 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 19 Abril 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1. - Dispónese la construcción e instalación de la red cloacal en forma inmediata y a partir de 1984 en todo el radio de la Capital de Catamarca, utilizándose para su logro el aporte comunitario cuando los recursos de los usuarios lo permitan y eximiendo de dicho importe cuando se tratare de personas de escasos recursos.
ARTICULO 2.- Arbítrense los medios necesarios para que con carácter urgente se habilite la red cloacal instalado al sistema cloacal ya existente.
ARTICULO 3.- Los recursos de acción técnica, adquisición de materiales, equipos e instrumental para la ejecución de las obras citadas serán financiadas con los recursos del presupuesto de la provincia, los fondos reintegrables y no reintegrables existentes y a lograrse en el presente ejercicio 1984 y de ejercicios siguientes hasta la finalización de la obra.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: GARBE-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):