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Detalle de Ley 4287
  

 

Título: CONSTRUCCION E INSTALACION DE LA RED CLOACAL EN TODO EL RADIO DE LA CAPITAL - CATAMARCA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 12 Dic. 1984

Fecha de publicacion: 19 Abril 1985

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley 4287 - Decreto Nº 463
CONSTRUCCION E INSTALACION DE LA RED CLOACAL
EN TODO EL RADIO DE LA CAPITAL - CATAMARCA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1. - Dispónese la construcción e instalación de la red cloacal en forma inmediata y a partir de 1984 en todo el radio de la Capital de Catamarca, utilizándose para su logro el aporte comunitario cuando los recursos de los usuarios lo permitan y eximiendo de dicho importe cuando se tratare de personas de escasos recursos.

ARTICULO 2.- Arbítrense los medios necesarios para que con carácter urgente se habilite la red cloacal instalado al sistema cloacal ya existente.

ARTICULO 3.- Los recursos de acción técnica, adquisición de materiales, equipos e instrumental para la ejecución de las obras citadas serán financiadas con los recursos del presupuesto de la provincia, los fondos reintegrables y no reintegrables existentes y a lograrse en el presente ejercicio 1984 y de ejercicios siguientes hasta la finalización de la obra.

ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: GARBE-ROSALES-Marcolli-Romero

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 32/1985

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