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Título: DEROGASE LEY Nº 3514 - VIGENCIA LEY 2907
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 6 Julio 1983
Fecha de publicacion: 23 Set. 1983
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ARTICULO 1.- Derógase la Ley Nº 3514 recobrando su vigencia la Ley Nº 2907 por la que se autoriza la donación a favor del Estado Nacional del Inmueble ubicado en calle Chacabuco Nº 762, Cuartel II, Matrícula Catastral: 07-22-01-6943 (Padrón Nº 2744), inscripto el dominio bajo el Nº 94 con fecha 17/10/80 en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos.
ARTICULO 2.- Declárase resuelto el contrato de compra venta celebrado entre LW7 Radio Catamarca y el Estado Provincial, aprobado por Decreto S.G. Nº 2487/79. Las cuotas efectivizadas a cuenta del precio, por el comprador, tendrán carácter indemnizatorio por el usufructo del bien cedido, conforme a la cláusula Cuarta infine del citado instrumento.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):