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Decreto Ley
    

  
Detalle de Decreto Ley 3955
  

 

Título: EXPROPIACION INMUEBLE SITO EN CHACABUCO 753 CON DESTINO AL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 20 Julio 1983

Fecha de publicacion: 23 Julio 1983

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DecretoLey 3955
EXPROPIACION INMUEBLE SITO EN CHACABUCO 753 CON DESTINO AL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA


ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble cuyas características catastrales se consignan seguidamente, el cual se destinará a sede del Tribunal de Cuentas de la Provincia:
MATRICULA CATASTRAL: 07-22-01-6642 (Padrón 2745)
PROPIETARIO: Alberto Seleme
LINDEROS:
Norte: Parcela con matrícula catastral 07-22-01-6840;
Sud: Calle Chacabuco;
Este: Parcela con matrícula catastral 07-22-01-6943;
Oeste: Parcela con matrícula catastral 07-22-01-6641;
MEDIDAS:
Norte: 14,60 m.
Sud: 14,20 m.
Este: 21,60 m.
Oeste: 21,80 m.
SUPERFICIE: 292,00 m2.
VALUACION FISCAL: $a. 146.469,90;
ACRECIDA: $a. 43.940,97.

ARTICULO 2.- Autorízase al Tribunal de Cuentas a iniciar las acciones judiciales correspondientes a la expropiación del inmueble mencionado en el artículo anterior.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CASTILLO-Cano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 76/1983

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