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Título: AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A CONCRETAR PRESTAMOS CON EL CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES CON DESTINO A SOLVENTAR EJECUCION OBRAS HIDRAULICAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 22 Mayo 1985
Fecha de publicacion: 7 Junio 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia, a suscribir todos los actos e instrumentos necesarios con el C.F.I., para la concreción del préstamo por parte de este último a favor de la Provincia de Catamarca, por un monto de capital de $a. 61.380.000,- al 31 de Marzo de 1985, que podrá ser actualizado conforme índice de precios mayoristas nivel general que publique el I.N.D.E.C. u organismos que hagan sus veces, sin exceder la tasa regulada pasiva.
ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo de la Provincia al pago del préstamo acordado por el C.F.I., a través del F.F.I. con un interés del 0,75% pagadero en diez cuotas semestrales consecutivas y equivalentes por semestre vencido a partir del segundo semestre de declarado elegible el préstamo, calculado sobre capital actualizado, conforme a la variación de precios mayoristas agropecuarios que publique el I.N.D.E.C. u organismos que lo reemplacen o sustituyan, para lo cual podrá comprometer las rentas provenientes del canon de riego, y si este fuera insuficiente se podrá comprometer las Rentas Generales de la Provincia.
ARTICULO 3.- El préstamo acordado por el C.F.I. será afectado directamente para el mejor aprovechamiento de los recursos hídricos en los departamentos de Belén y Tinogasta, cuencas de los ríos Abaucán - Colorado y Tributarios del Salar de Pipanaco, para la ejecución de obras de infraestructura complementaria del sistema de riego.
ARTICULO 4.- El presente compromiso deberá ser contemplado en el Ejercicio 1986.
ARTICULO 5.- De forma.
Firmantes: GARBE-YAPURA-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):