Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  

Inicio / Ley

Ley
    

  
Detalle de Ley 4298
  

 

Título: MODIFICANSE LOS ARTICULOS 3°, 8° Y 9° DE LA LEY N°1260/42

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 11 Julio 1985

Fecha de publicacion: 23 Julio 1985

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley 4298 - Decreto Nº 1606
MODIFICANSE LOS ARTICULOS 3, 8 Y 9 DE LA LEY Nº 1260/42

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1.- Modifícanse los artículos 3, 8 y 9 de la Ley Nº 1260/42 en la siguiente forma:
"ARTICULO 3.- La enajenación o reconocimiento de derecho de dominio de tierras a que se refiere la presente Ley, se hará a título gratuito".

"ARTICULO 8.- Los adjudicatarios de lotes, beneficiarios de la presente Ley, quedarán en todos los casos exentos del pago de impuestos y tasas de jurisdicción Provincial y Municipal, hasta el otorgamiento e inscripción de la correspondiente escritura traslativa de dominio".

"ARTICULO 9.- Las escrituras traslativas de dominio serán extendidas gratuitamente por la Escribanía General de Gobierno".

ARTICULO 2.- De forma.

 

Firmantes: GARBE-YAPURA-Marcolli-Romero

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 59/1985

  • No hay información

  • Sin temas relacionados

  • Sin información

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para esta Ley, envianos tu comentario: