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Título: PERMÍTASE A DISCAPACITADOS VISUALES EL ACCESO A LOS PRINCIPALES TEXTOS NORMATIVOS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 23 Junio 2011
Fecha de publicacion: 29 Julio 2011
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTÍCULO 1°.- Dispóngase de textos en Sistema Braille o en almacenamiento de voz de la Constitución Nacional, de la Constitución Provincial, del Reglamento del E.N.Re. y de la Ley de Defensa del Consumidor a fin de garantizar los derechos constitucionales que le asisten a las personas con discapacidad visual
ARTÍCULO 2°.- Las dependencias del Estado Provincial, administración centralizada, descentralizada y entes autárquicos deberán contar con los ejemplares referidos en el Artículo 1° de esta Ley.
ARTÍCULO 3°.- Invítase a las Municipalidades con Carta Orgánica a adherir a la presente Ley.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-MORENO-Calliero-Barros
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):