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Título: DIRECCION DE ENERGIA DE CATAMARCA PRORROGASE TERMINO ESTABLECIDO POR LEY Nº 3960
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 19 Nov. 1983
Fecha de publicacion: 15 Nov. 1983
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* ARTICULO 1.- Prorrógase hasta el 30 de septiembre del año en curso las disposiciones contenidas en el segundo párrafo del art. 2 de la Ley Nº 3960 de fecha 05 de agosto de 1983, mediante el cual se establece un régimen especial de facilidades de pago para el ingreso de obligaciones cuyos vencimientos hubieren operado hasta el 31 de mayo de 1983 inclusive y que tuviera su origen en la provisión de energía eléctrica a cargo de la Dirección de Energía Catamarca (D.E.Ca.).
* Modificado por Art. 1º DecretoLey 3993 (BO 27/09/1983).
ARTICULO 2.- De forma.
Firmantes: CASTILLO-Nieva
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):