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Decreto Ley
    

  
Detalle de Decreto Ley 3984
  

 

Título: MUNICIPALIDAD DE ANDALGALA RECIBE EN DONACION BIENES

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 19 Set. 1983

Fecha de publicacion: 22 Nov. 1983

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Decreto Ley 3984
MUNICIPALIDAD DE ANDALGALA - RECIBE EN DONACION BIENES


ARTICULO 1.- Decláranse fuera de uso y transferidos en donación sin cargo a favor de la Municipalidad de Andalgalá, los bienes de pertenencia de la Dirección de Extensión Rural que se indican a continuación:
- Un (1) tractor marca Fiat Someca M. 45, chasis Nº 33160, serie 00794, Motor Nº 130129. - Código 4.7.0. - Valor de inventario $a. 10,- Valor de Rezago $a. 10.000.
- Una (1) rastra de 12 discos lisos, sin número ni marca visible - Código 4.1.2. - Valor de Inventario $a. 5,- Valor de Rezago $a. 2.000.
- Un (1) arado de tres discos sin número ni marca visible - Código 4.1.2. Valor de Inventario $a. 5,- Valor de Rezago $a. 2.000.

ARTICULO 2.- Autorízase al Servicio Administrativo de la Subsecretaría de Asuntos Rurales a tramitar la baja y entrega respectiva de los bienes donados por la presente.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CASTILLO-Nieva

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 93/1983

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