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Título: DISPONESE LA CANALIZACION DE UN TRAMO DEL ARROYO FARIÑANGO
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 13 Nov. 1985
Fecha de publicacion: 17 Dic. 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Procédase a la construcción de la canalización del Arroyo Fariñango, en el tramo comprendido entre el Puente sobre Avenida Belgrano y la intersección con el Arroyo La Florida, en esta Ciudad Capital.
ARTICULO 2.- Encárgase a la Dirección Provincial de Vialidad para la realización del Estudio, Proyecto y Ejecución de la obra a que se refiere el Artículo 1 de la presente Ley.
ARTICULO 3.- Inclúyase en el Presupuesto del ejercicio 1985 la obra determinada en el Artículo 1 del presente dispositivo legal, cualesquiera sean los recursos y/o financiamientos fijados para el cumplimiento de dicho presupuesto.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: GARBE-YAPURA-Giordani-Varela de Toloza.
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):