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Título: LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 4030 SUSTITUYESE EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 4º
Estado: Derogada
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 29 Nov. 1983
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ARTICULO 1.- Sustitúyese el último párrafo del Artículo 4to de la Ley 4030 por el siguiente:
"Artículo 4.-... En caso de enfermedad, impedimento o ausencia del Intendente, será reemplazado por el señor Presidente del Consejo Deliberante".
ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):