Inicio / Decreto Ley
Título: EXPROPIACION EN "LA AGUADITA" FIAMBALA LEY Nº 3876 MODIFICASE ARTICULO 1º
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 9 Dic. 1983
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1. - Modifícase el Artículo 1 de la Ley Nº 3876, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno ubicado en el Distrito Fiambalá, Departamento Tinogasta, que es parte de una superficie de mayor extensión del inmueble denominado "Quebrada de los Baños" o "La Aguadita", cuyos datos catastrales, conforme a la mensura realizada por Dirección de Minería y registrada en Dirección de Catastro mediante Resolución Interna D.C. Nº 651/83, se transcriben a continuación:
Matricula Catastral: 15-26-87-4136.
Linderos:
Norte: Parcela con matrícula catastral 15-26-87-3538.
Sud: Parcela con matrícula catastral 15-26-87-3538.
Este: Parcela con matrícula catastral 15-26-87-3538.
Oeste: Parcela con matrícula catastral 15-26-87-3538
La Ruta Provincial Nº 34, cruza la parcela en la forma que gráfica el plano de mensura adjunto.
Medidas: Polígono de forma irregular cuyas medidas perimetrales son las siguientes: A-B: 193,23 mts.; B-C: 1.839,59 mts.; C-D: 250mts.; y D-A: 1.848,39 mts. El lado B-C tiene una orientación de 61º respecto del Norte magnético, siendo la superficie total a expropiar de 40 Has. 2.928,40 mts2.
Valuación:
Valor del Terreno: PESOS ARGENTINOS CIENTO SESENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($a. 161,20).
Valor de Mejoras: PESOS ARGENTINOS CINCO MIL SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($a.5.064,64).
Valor Total: PESOS ARGENTINOS CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($a. 5.225,84). Acrecidas del 30%: PESOS ARGENTINOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($a.1.567,75).
ARTICULO 2. - Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Nieva
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones: La presente Ley fue publicada consignando como Modificacion de la Ley Nº 3826, siendo la Ley modificada Ley 3876
Decreto de Reglamentación (0):