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Título: MUNICIPALIDAD DE TINOGASTA MODIFICASE ARTICULO 1º LEY Nº 3975
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 9 Dic. 1983
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ARTICULO 1. - Modifícase el artículo 1 de la Ley Nº 3975, de fecha 15 de Agosto de 1983, en lo que se refiere a adjudicatarios y destino de los inmuebles que se identifican con la Matrícula Catastral 15-21-22-1143-Lote "C"- y 15-21-22-1044-Lote "B", el que quedará redactado de la siguiente forma:
Lote "C" - Matrícula Catastral 15-21-22-1143.
Donatario: Subsecretaría de Asuntos Rurales.
Destino: Construcción del edificio correspondiente a Agronomía de Zona.
Lote "B" - Matrícula Catastral 15-21-22-1044.
Donatario: Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria.
Destino: Construcción del edificio correspondiente a la Agencia de Extensión Rural.
ARTICULO 2. - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):