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Título: EXPROPIASE INMUEBLE EN SAN ANTONIO - FRAY MAMERTO ESQUIU - Y TRANSFIERESELE A LA MUNICIPALIDAD DE FRAY MAMERTO ESQUIU
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 13 Dic. 1983
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Distrito San Antonio del Departamento Fray Mamerto Esquiú, cuyos datos catastrales se transcriben a continuación:
Matrícula Catastral: 09-21-41-4125 - Padrón Nº 394
Propietario: Ana Carrizo de Bidondo
Linderos:
Norte: Calle Pública
Sud: Parcela Matrícula Catastral: 09-21-41-3822
Este: Calle Pública
Oeste: Parcela Matrícula Catastral 09-21-41-4222
Medidas:
Norte: 35,9 mts.
Sud: 38,0 mts.
Este: 31,3 mts.
Oeste: 37,6 mts.; Ochava N.E: 2,7 mts. Más 6,3 mts. Más 5,1 mts.
Superficie: 1.457 mts2
Valuación: $a 1.515,28
Valuación Fiscal más acrecidas (30%): $a 1969,86
ARTICULO 2.- El inmueble descripto en el artículo precedente será transferido a la Municipalidad de Fray Mamerto Esquiú con destino a la ejecución de las obras de ampliación del Edificio Municipal de San Antonio y de una Plazoleta Infantil.
ARTICULO 3.- Autorízase a Fiscalía de Estado a iniciar el Juicio de expropiación del inmueble a que refiere el artículo 1.
ARTICULO 4.- Los gastos emergentes de la presente Ley serán atendidos con partidas presupuestarias correspondientes a la Municipalidad de Fray Mamerto Esquiú.
ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):