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Título: EXPROPIACION EN SINGUIL AMBATO CON DESTINO A LA CREACION PARQUE ARQUEOLOGICO "EL PUCARA" DE ACONQUIJA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 16 Dic. 1983
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ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno que mide 379,42.1982 Has. según plano de mensura aprobado por Resolución Nº 67/83 de Dirección de Catastro, que forma parte de mayor extensión del inmueble ubicado en el Distrito Singuil, Dpto. Ambato con Matricula Catastral 01-27-51-5444 (Nomenclatura Catastral anterior Padrón Nº 7055, Dpto. Ambato, Dpto. Singuil), registrado a nombre de Ana María Villanueva y Casas y Juana María Casas de Villanueva y con valuación fiscal de $a 6.070,72 Acrecida 30% $a 7.891,94.
ARTICULO 2.- La fracción de terreno a expropiar se destinará a la creación del Parque Arqueológico "El Pucará" de Aconquija.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):