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Título: COLONIA DE ANILLACO TINOGASTA DONACION LEY Nº 3678 REVOCASE DONACION DISPUESTA EN ARTICULO 1º Y NUEVO DESTINATARIO DEL INMUEBLE
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 16 Dic. 1983
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ARTICULO 1.- Revócase la donación dispuesta en el Artículo 1 de la Ley Nº 3678, de fecha 9/III/1981, respecto del inmueble de propiedad del Estado Provincial situado en la Colonia de Anillaco, Distrito homónimo del Departamento Tinogasta de esta Provincia que se identifica con el Padrón Nº 2176, Sección 01, en favor del señor Carlos Ramón Espinoza, DNI. Nº 16.520.387.
ARTICULO 2.- Dónase el inmueble a que alude el artículo precedente a la señora Mercedes Olmos, L.C.Nº 4.297.477.
ARTICULO 3.- Autorízase a Escribanía de Gobierno a dejar sin efecto la Escritura Pública Nº 18 de fecha 25/IX/1981 y a faccionar la escritura traslativa de dominio en favor de la adjudicataria a que refiere el artículo 2 de la presente Ley.
ARTICULO 4. - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):