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Título: EXPROPIASE INMUEBLE EN CIUDAD CAPITAL Y DONASE A LA MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Oct. 1983
Fecha de publicacion: 16 Dic. 1983
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ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de propiedad de los señores Roberto Tapia y Lilia V. de Tapia ubicado en esta Ciudad Capital, el que se identifica con la Nomenclatura Catastral 07-24-05-6957, con una superficie de 4.969 m2, dentro de los siguientes linderos: Noroeste: Ruta Provincial Nº 107, con cuatro tramos de recta de 23,00 mts.; 27,00 mts. y 7,00 mts. respectivamente; al Este: una recta de 103 mts. que delimita la parcela fiscal provincial 07-24-05-7874; al Sudoeste: una recta de 106,00mts. que delimita con parte de la misma fracción con una valuación de Pesos Argentinos Mil Doscientos Cuarenta ($a. 1240,-) y acrecidas de Pesos Argentinos Trescientos Setenta y Dos ($a. 372,-).
ARTICULO 2.- El inmueble descripto en el artículo precedente será donado a la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca para que lo destine al emplazamiento del Monumento Nacional del Maestro.
ARTICULO 3. - Autorízase a Fiscalía de Estado a iniciar el juicio de expropiación del inmueble a que alude el artículo 1.
ARTICULO 4. - Los gastos emergentes de la presente Ley serán afrontados con partidas presupuestarias correspondientes a Jurisdicción 4- Unidad de Organización 2- Carácter 0- Finalidad 5- Función 90- Sección 2- Sector 5- Partida Principal 32- Partida Parcial 10- de la Municipalidad de la Capital.
ARTICULO 5. - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):