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Título: EXPROPIANSE TERRENOS BALDÍOS EN LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA Y DONANSELOS AL CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE.
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 14 Ago. 1984
Fecha de publicacion: 5 Oct. 1984
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno baldío ubicado en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y cuyos datos catastrales son: Padrones Nros. 7148, 7248; 7448 y 6644 correspondientes a la manzana comprendida por las calles Rioja , Buenos Aires, Tucumán y 1º de Mayo, con una superficie total de 1.854 mts2. y cuyos propietarios son Carlos Marengo, Vicente Marengo y María Isla de Argañaraz
ARTICULO 2.- El mencionado inmueble linda: al norte, Sucesión Romero; al este, calle Tucumán; al sur: Sucesión Macedo y Club Independiente y al oeste con el Club Independiente.
ARTICULO 3.- El inmueble a expropiar será transferido a título gratuito al Club Atlético Independiente, con sede en la calle 1º de Mayo 1.330 de esta ciudad - Personería Jurídica otorgada por Decreto G-Nº 2722 del 16 de octubre de 1950.
ARTICULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 5.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
Firmantes: GARBE-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):