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Detalle de Ley 4119
  

 

Título: DISPÓNESE LA CONSTRUCCIÓN EDIFICIO, PARA LA SUCURSAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN VALLE VIEJO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 5 Set. 1984

Fecha de publicacion: 12 Oct. 1984

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Ley 4119 - Decreto 3077
DISPONESE LA CONSTRUCCION EDIFICIO, PARA LA SUCURSAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN VALLE VIEJO

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Dispónese la construcción de un Edificio, donde funcionará la Sucursal del Banco de la Provincia de Catamarca en el Departamento Valle Viejo.

ARTICULO 2.- La obra se ejecutará en el predio de propiedad del Banco de la Provincia de Catamarca, ubicado en la intersección de las calles Higinio Rizo y Padre Esquiú del citado Departamento.

ARTICULO 3.- La construcción se realizará de acuerdo al plano que figura como anexo 1 y que forma parte de la presente Ley.

ARTICULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 5.- De forma.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO

 

Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Varela de Toloza

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 82/1984

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