Inicio / Ley
Título: DISPÓNESE LA CONSTRUCCIÓN EDIFICIO, PARA LA SUCURSAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN VALLE VIEJO
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 5 Set. 1984
Fecha de publicacion: 12 Oct. 1984
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dispónese la construcción de un Edificio, donde funcionará la Sucursal del Banco de la Provincia de Catamarca en el Departamento Valle Viejo.
ARTICULO 2.- La obra se ejecutará en el predio de propiedad del Banco de la Provincia de Catamarca, ubicado en la intersección de las calles Higinio Rizo y Padre Esquiú del citado Departamento.
ARTICULO 3.- La construcción se realizará de acuerdo al plano que figura como anexo 1 y que forma parte de la presente Ley.
ARTICULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 5.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Varela de Toloza
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):