Inicio / Ley
Título: CONSTRUYASE EDIFICIO PARA LA ESCUELA PRIMARIA N° 357 DE PUNTA BALASTO - SANTA MARIA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 4 Oct. 1984
Fecha de publicacion: 30 Oct. 1984
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Constrúyase el edificio para la Escuela Primaria Nº 357 de la Localidad de Punta Balasto del Departamento Santa María, Provincia de Catamarca.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del organismo competente, dispondrá todo lo atinente para la ejecución de lo establecido por la presente Ley.
ARTICULO 3.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):