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Título: INSTITÚYASE EL 17 DE MAYO COMO DÍA PROVINCIAL DE LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN POR CAUSA DE ORIENTACIÓN SEXUAL O IDENTIDAD DE GÉNERO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Set. 2016
Fecha de publicacion: 11 Oct. 2016
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Institúyese al 17 de Mayo de cada año, como «Día Provincial de Lucha contra la Discriminación por causa de Orientación Sexual o Identidad de Género», en coincidencia con la fecha en que la Organización Mundial de la Salud suprimiera a la homosexualidad de la lista de enfermedades psiquiátricas.
ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial realizará en la semana de cada año en la que esté incluido el 17 de Mayo, actividades de concientización, sensibilización y difusión contra la discriminación por causa de orientación sexual e identidad de género, dirigidas a la comunidad en general.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórase el 17 de Mayo al calendario escolar, con la denominación asignada en el artículo 1° de la presente ley.
ARTÍCULO 4°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia es la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a los Municipios con Carta Orgánica que tengan implementado el sistema educativo municipal, a adherir a los términos de la presente ley y dictar normas municipales análogas que propicien la conmemoración, en sus respectivas jurisdicciones, del 17 de Mayo como Día Provincial de Lucha contra la Discriminación por causa de Orientación Sexual o Identidad de Género.
ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente ley dentro de los ciento ochenta (180) días de su publicación.
ARTÍCULO 7°.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ocho (8) días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8°.- De forma.
Firmantes: OJEDA-RIVERA-Kranevitter-Bellón
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):