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Título: INSTITÚYASE AL 20 DE NOVIEMBRE COMO DÍA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 19 Mayo 2016
Fecha de publicacion: 19 Ago. 2016
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Institúyase en el calendario escolar de la provincia de Catamarca, al 20 de Noviembre de cada año como Día de los Derechos del Niño.
ARTÍCULO 2°.- Los establecimientos educacionales que integran el sistema educativo público provincial, sean de gestión estatal o de gestión privada, realizarán anualmente en esa fecha, actividades áulicas de concientización y difusión de los derechos del niño, acerca de la necesidad de su vigencia y respeto irrestricto, y de prevención de posibles violaciones a los mismos.
ARTÍCULO 3°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia es la autoridad de aplicación de la presente Ley.
ARTÍCULO 4°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de los ocho (8) días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a los Municipios con Carta Orgánica que tengan implementado el sistema educativo municipal, a adherir a los términos de la presente Ley y dictar normas municipales análogas que propicien la conmemoración, en los establecimientos educativos de cada jurisdicción, del 20 de noviembre como el Día de los Derechos del Niños
ARTÍCULO 6°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
Registrada con el Nº 5465
Firmantes: OJEDA-RIVERA-Kranevitter-Bellón
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):