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Título: CRÉASE REGISTRO DE LA ESCRIBANIA DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 30 Nov. 2017
Fecha de publicacion: 5 Enero 2018
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Créase el Registro de la Escribanía de Gobierno de la Municipalidad de Valle Viejo y su respectivo Protocolo, el que será confeccionado y llevado con las formalidades y en las condiciones que prescribe la Ley Orgánica del Notariado N° 3843 o la que en el futuro pudiera reemplazarla.
ARTICULO 2°.- El Registro de Escribanía de Gobierno que se crea tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Municipalidad de Valle Viejo.
ARTICULO 3°.- El Protocolo será de propiedad exclusiva de la Municipalidad de Valle Viejo.
ARTICULO 4°.- El Registro de la Escribanía de Gobierno de la Municipalidad de Valle Viejo estará a cargo de escribanos designados de conformidad a lo que establece la Carta Orgánica Municipal y sus disposiciones reglamentarias; llevará un registro en donde se asentarán todos los actos y contratos en lo que sea parte el Municipio y deberán registrarse.
ARTICULO 5°.- Las condiciones, inhabilidades, incompatibilidades, competencia y demás requisitos que deben observar el titular de la Escribanía Municipal y sus reemplazantes, como así mismo las responsabilidades y la superintendencia del mismo serán establecidas de acuerdo a las prescripciones de la Ley Orgánica del Notariado N° 3843 o la que reemplazase en el futuro.
ARTICULO 6°.- Las escrituras Públicas y sus testimonios se extenderán con sujeción a los requisitos y formalidades que prescribe la Ley Orgánica del Notariado N° 3843 o la que en el futuro pudiera reemplazarla.
ARTICULO 7°.- De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
Registrada con el N° 5527
Firmantes: CORDERO VARELA-RIVERA-Kranevitter-Bellón
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):