Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4354
  

 

Título: CREASE EL FESTIVAL BIENAL NACIONAL DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE ORQUESTAS SINFÓNICAS JUVENILES

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 16 Junio 1986

Fecha de publicacion: 12 Ago. 1986

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Ley 4354 - Decreto Nº 1605
CREASE EL FESTIVAL BIENAL NACIONAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE ORQUESTAS SINFONICAS JUVENILES

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Créase el FESTIVAL BIENAL NACIONAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE ORQUESTAS SINFONICAS JUVENILES (F.A.O.S.J.), el que tendrá como sede permanente la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y se desarrollará durante la SEMANA DE MAYO.

ARTICULO 2.- EL FESTIVAL BIENAL NACIONAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE ORQUESTAS SINFONICAS JUVENILES se denominará "MAESTRO MARIO ZAMBONINI" y su realización se declara de INTERES PROVINCIAL.

ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo de la Provincia tendrá a su cargo la organización del Festival creado por la presente Ley, por intermedio de la Subsecretaría de Educación y Cultura y Dirección General de Ceremonial, debiendo prestar su colaboración todos los organismos oficiales provinciales y municipales.

ARTICULO 4.- Créase la COMISION PERMANENTE del FESTIVAL BIENAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE ORQUESTAS SINFONICAS JUVENILES, con carácter ad-honorem, la que estará integrada por representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia y de la Federación Argentina de Orquestas Sinfónicas Juveniles, con amplias facultades de colaboración, apoyo y promoción del Festival y que deberá elaborar la reglamentación de la presente Ley para su posterior aprobación por el Poder Ejecutivo.

ARTICULO 5.- La Ley de Presupuesto deberá prever las partidas específicas para la realización del FESTIVAL BIENAL NACIONAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE ORQUESTAS SINFONICAS JUVENILES.

ARTICULO 6.- De forma.

 

Firmantes: MORAN-PIOVANO-Andrada-Rizo

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 64/1986

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