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Título: PODER EJECUTIVO-ESTABLECESE OBLIGATORIEDAD DEL EXAMEN VISUAL PARA ALUMNOS QUE INGRESEN EN LOS NIVELES PRE-PRIMARIOS, PRIMARIOS Y SECUNDARIOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PROVINCIALES EN LOS DPTOS. CAPITAL, VALLE VIEJO Y FRAY M. ESQUIU
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 11 Ago. 1986
Fecha de publicacion: 9 Set. 1986
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Establécese la obligatoriedad del examen visual para alumnos que cursen en los niveles Pre-Primarios, Primarios y Secundarios de los establecimientos educacionales que dependen de la Provincia, en el Departamento Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú.
ARTICULO 2.- El Ministerio de Bienestar Social, a través de los organismos técnicos pertinentes, procederá a facilitar lo dispuesto en el Artículo 1, asimismo y sin perjuicio de ello podrán aceptarse también certificados que se presenten refrendados por profesionales del medio y de la especialidad, obtenidos en forma particular y/o por alguna Obra Social si esta en sus reglamentaciones amparasen tal servicio.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: AREVALO-PIOVANO-Giordani-Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):