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Detalle de Ley 4360
  

 

Título: PODER EJECUTIVO-ESTABLECESE OBLIGATORIEDAD DEL EXAMEN VISUAL PARA ALUMNOS QUE INGRESEN EN LOS NIVELES PRE-PRIMARIOS, PRIMARIOS Y SECUNDARIOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PROVINCIALES EN LOS DPTOS. CAPITAL, VALLE VIEJO Y FRAY M. ESQUIU

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 11 Ago. 1986

Fecha de publicacion: 9 Set. 1986

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Ley 4360 - Decreto Nº 1857
PODER EJECUTIVO - ESTABLÉCESE OBLIGATORIEDAD DEL EXAMEN VISUAL PARA ALUMNOS QUE INGRESEN EN LOS NIVELES PRE-PRIMARIO, PRIMARIO Y SECUNDARIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PROVINCIALES EN LOS DEPTOS. CAPITAL, VALLE VIEJO Y FRAY M. ESQUIU

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Establécese la obligatoriedad del examen visual para alumnos que cursen en los niveles Pre-Primarios, Primarios y Secundarios de los establecimientos educacionales que dependen de la Provincia, en el Departamento Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú.

ARTICULO 2.- El Ministerio de Bienestar Social, a través de los organismos técnicos pertinentes, procederá a facilitar lo dispuesto en el Artículo 1, asimismo y sin perjuicio de ello podrán aceptarse también certificados que se presenten refrendados por profesionales del medio y de la especialidad, obtenidos en forma particular y/o por alguna Obra Social si esta en sus reglamentaciones amparasen tal servicio.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: AREVALO-PIOVANO-Giordani-Rizo

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 72/1986

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