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Título: ESTABLÉCESE LA OBLIGATORIEDAD DEL EXAMEN AUDITIVO A LOS ALUMNOS QUE INGRESEN A LOS NIVELES PRE- PRIMARIOS Y SECUNDARIOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PROVINCIALES EN DEPARTAMENTO CAPITAL
Estado: Derogada
Fecha de sanción: 21 Ago. 1986
Fecha de publicacion: 7 Oct. 1986
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE:
LEY:
ARTICULO 1.- Establécese la obligatoriedad del examen auditivo para los alumnos que ingresen a los niveles Pre-Primarios y Secundarios en los establecimientos Educacionales que dependan de la Provincia en el Departamento Capital.
ARTICULO 2.- El Ministerio de Bienestar Social a través de los Organismos Técnicos pertinentes, procederá a facilitar lo dispuesto en el Artículo 1.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: MORAN-PIOVANO-Andrada-Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):