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Título: DONASE A GENDARMERÍA NACIONAL INMUEBLE SITO EN EL PASAJE LAS GRUTAS-FIAMBALÁ-TINOGASTA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 11 Set. 1986
Fecha de publicacion: 28 Oct. 1986
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
* ARTICULO 1.- Transfiérese en donación a Gendarmería Nacional el inmueble sito en Paraje “Las Grutas”, Distrito Fiambalá - Departamento Tinogasta, Matrícula Catastral Nº 15-26-81-5856, que cuenta con una superficie de dos (2) Has. 9.200m2 y el inmueble ubicado en el Distrito Fiambalá -Departamento Tinogasta- Matrícula Catastral Nº 15-26-42-6264 - (Padrón Nº 7705).
* Modificado por Art. 1º Ley 4425 (BO 08/05/1987)
ARTICULO 2.- En dichos predios se asentarán respectivamente el Grupo “LAS GRUTAS” y la Sección “FIAMBALA” de Gendarmería Nacional.
ARTÍCULO 3.- Escribanía General de Gobierno efectuará las escrituras traslativas de dominio respectivas.
ARTICULO 4.- Incluyese en la donación del predio en donde se asentará el Grupo "LAS GRUTAS", un refugio construido por Vialidad Provincial con fondos propios y con destino a que Gendarmería Nacional disponga de la infraestructura necesaria para cumplir sus objetivos.
ARTÍCULO 5.- Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley serán atendidos con las partidas presupuestarias destinadas al efecto.
ARTICULO 6. – De forma.
Firmantes: MORAN-PIOVANO-Giordani-Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):