Inicio / Ley
Título: IMPLEMENTASE LA ENSEÑANZA E INVESTIGACION DEL FOLKLORE ARGENTINO EN LAS ESCUELAS DE NIVEL PRIMARIO SECUNDARIO Y SUPERIOR DE LA PROVINCIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 4 Dic. 1986
Fecha de publicacion: 16 Enero 1987
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Implementar la enseñanza y la investigación del Folklore Argentino en las escuelas dependientes del Consejo General de Educación y de la Dirección de Enseñanza Media y Superior de la Provincia de Catamarca.
ARTICULO 2.- La enseñanza a que se refiere el Artículo anterior, será impartida en todos los casos por personal especializado con título docente oficial.
ARTICULO 3.- El Consejo General de Educación y los Organismos específicos Educacionales, realizarán los programas de estudios con destino a los diferentes niveles de educación.
ARTICULO 4.- Se dará cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 1, a partir del período Lectivo del año 1987.
ARTICULO 5.- De forma.
Firmantes: RODRIGUEZ-PIOVANO-Andrada -Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):