Inicio / Ley
Título: EXPROPIANSE INMUEBLES UBICADOS EN FRAY MAMERTO ESQUIU PARA LA CONSTRUCCION OBRA REMODELACION DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO AGUA POTABLE DEL COMPLEJO FRAY MAMERTO ESQUIU Y VALLE VIEJO
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 10 Dic. 1986
Fecha de publicacion: 28 Abril 1987
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los siguientes inmuebles:
1) Ubicado en el Distrito El Hueco, Departamento Fray Mamerto Esquiú, Registrado bajo Matrícula Catastral 09-22-54-0159 e inscripto en la Dirección de Catastro a nombre de DOMINGO DE JESUS NIEVA y MARIA CARREÑO DE NIEVA, superficie según Mensura 34.761,47m2.
2) Ubicado en el Distrito El Hueco, Departamento Fray Mamerto Esquiú, Registrado bajo Matrícula Catastral 09-22-54-1370 e inscripto en la Dirección de Catastro a nombre de RAMON DARDO LEIVA y MARIO PATRICIO LEIVA, superficie según Mensura 1.112,28 m2.
3) Ubicado en el distrito El Hueco, Departamento Fray Mamerto Esquiú, Registrado como parte de la Matrícula Catastral 09-22-54-5967 e inscripto en la Dirección de Catastro a nombre de LUIS HUMBERTO REBELLATO, superficie según Mensura 2.099,63 m2.
4) Ubicado en el Distrito La Carrera, Departamento Fray Mamerto Esquiú, Registrado como parte de la Matrícula Catastral 09-25-54-2956, inscripto en la Dirección de Catastro a nombre de JOSE PRIMITIVO JAIMEZ y MARIA MARTA OLIVERA DE JAIMEZ, superficie 1.994,85 m2.
ARTICULO 2.- Transfiérese los terrenos expropiados por el Artículo 1 a Obras Sanitarias Catamarca.
ARTICULO 3.- Constrúyase en los terrenos expropiados el Establecimiento Potabilizador de Agua y Cisterna sobre elevada; que comprende la Remodelación del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable a las Comunidades de Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú.
ARTICULO 4.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados a Rentas Generales.
ARTICULO 5.- Agrégase formando parte de la presente Ley, Planos de Mensura de los predios expropiados por el Artículo 1.
ARTICULO 6.- De forma.
Firmantes: MORAN-PIOVANO-Andrada-Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):