Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4459
  

 

Título: EXPROPIASE PREDIO UBICADO EN LA CIUDAD DE TINOGASTA DEPARTAMENTO HOMONIMO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 4 Dic. 1986

Fecha de publicacion: 15 Set. 1987

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Ley 4459 - Decreto Nº 1669
EXPROPIASE PREDIO UBICADO EN LA CIUDAD DE TINOGASTA
DPTO. HOMONIMO

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un predio ubicado en el Departamento Tinogasta y Ciudad cabecera, Provincia de Catamarca, y cuyas características son:
PROPIETARIO: Julio Francisco Arturo o “Peña Folklórica Manuel A. Villafañe”.
SUPERFICIE: 1.456,09 metros cuadrados.
MATRICULA CATASTRAL: 15-21-14-7640.
DIMENSIONES: Al Norte 29,50 metros; al Sud 20,00 metros; al Oeste 60,00 metros; al Este 65,00 metros, ésta con una ochava en la esquina de seis (6) metros.

ARTICULO 2.- El predio mencionado será destinado, transferido gratuitamente y con escrituración traslativa de dominio por Escribanía General de Gobierno, a favor de “ASOCIACION DE BOMBERO VOLUNTARIOS DE TINOGASTA” Personería Jurídica Decreto G. Nº 3241, para la construcción de su sede propia.

ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será sufragado de Rentas Generales de la Provincia e imputados a la partida que la Ley de Presupuesto determine.

ARTICULO 4.- De forma.

 

Firmantes: MORAN-PIOVANO-Vera -Rizo

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 74/1987

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