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Título: ERIGESE UN BUSTO DEL DOCTOR RICARDO BALBÍN EN LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 15 Julio 1987
Fecha de publicacion: 25 Abril 1989
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Erígese un busto del Dr. Ricardo Balbín en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, en homenaje a tan destacado hombre público.
ARTICULO 2.- El busto será instalado previo conocimiento y consentimiento de la Municipalidad de la Capital, en la plaza Virgen del Valle de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.
ARTICULO 3.- El Poder Legislativo de la Provincia tendrá a su cargo la organización y realización del concurso para la adjudicación de la obra, debiéndose dictar la correspondiente reglamentación.
ARTICULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será afrontado con fondos provenientes de Rentas Generales.
ARTICULO 5.- De forma.
Firmantes: SECO-PIOVANO-Vera-Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1988-1991)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):