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Título: DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN, UNA FRACCIÓN DE CAMPO UBICADA EN DISTRITO RECREO CON DESTINO A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE RECREO - LA PAZ
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 6 Ago. 1987
Fecha de publicacion: 25 Abril 1989
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, una fracción de campo, parte de mayor extensión de forma aproximadamente triangular, ubicado en el Distrito de Recreo del Departamento La Paz, propietario desconocido, comprendido dentro de los siguientes linderos: al Noroeste, con el alambrado que divide la zona de camino de la Ruta Nacional Nº 157 con este terreno, al Este con el alambrado que divide el ferrocarril General Belgrano, ramal Córdoba-Tucumán; al Sudoeste, el alambrado que separa esta propiedad con las vías del ferrocarril General Belgrano ramal Córdoba-Catamarca.
ARTICULO 2.- Esta fracción de campo tiene una superficie aproximada de 5 Has. (cinco hectáreas), según plano de relevamiento catastral que pasa a formar parte de la presente como anexo I.
ARTICULO 3.- Este terreno será destinado a la ampliación del Parque Industrial de la Ciudad de Recreo-Departamento La Paz, para ser cedido en carácter de venta o donación a empresas o empresas industriales, previamente acogidas a la Ley de Promoción Industrial Nº 22.021, modificada por Ley Nº 22.702 y Ley Provincial Nº 2968.
ARTÍCULO 4.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán sufragados con los recursos presupuestarios de la Provincia.
ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: MORAN-PIOVANO-Giordani-Toloza
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1988-1991)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):