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Título: MODIFICASE EL ART. 4° DE LA LEY N° 4096 DIGESTO ADMINISTRATIVO PROVINCIAL
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 17 Junio 1994
Fecha de publicacion: 22 Julio 1994
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Artículo 4 de la Ley 4096, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 4.- Fíjase el plazo máximo de un año para el cumplimiento del ordenamiento previsto en el artículo 1 y para la correspondiente confección del Digesto Administrativo Provincial, el que se computará a partir de la vigencia de la presente Ley”.
ARTICULO 2.- El plazo fijado en la modificación introducida en el artículo anterior se computará a partir de vigencia de la presente Ley.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO
Firmantes: AREVALO-Oyarzo-Marcolli-Altamarino
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1991-1995)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):