Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4808
  

 

Título: CREASE SECCIONAL DEL REGISTRO CIVIL EN EL DISTRITO LA CIENAGA - DPTO. BELEN

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 20 Oct. 1994

Fecha de publicacion: 15 Nov. 1994

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Ley N° 4808 - Decreto Nº 2124
CREASE SECCIONAL DE REGISTRO CIVIL EN EL DISTRITO LA CIENAGA - DEPARTAMENTO BELEN

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Créase por la presente Ley una Seccional del Registro Civil en el Distrito La Ciénaga - Dpto. Belén de esta Provincia.

ARTICULO 2.- La jurisdicción comprenderá las siguientes localidades o parajes: La Puerta de San José, Asampay, El Tolar, La Estancia, La Ciénaga, El Carrizal y San Fernando.

ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma hasta ser incluído en el próximo Presupuesto.

ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese y Archívese.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO

 

Firmantes: AREVALO-GUZMAN-Oyarzo-Altamarino

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1991-1995)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 91/1994

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