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Título: CREASE SECCIONAL DEL REGISTRO CIVIL EN NUEVA CONETA - DPTO. CAPAYAN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 22 Set. 1994
Fecha de publicacion: 25 Nov. 1994
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Créase la oficina Seccional del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en la localidad de Nueva Coneta en el Departamento Capayán.
ARTICULO 2.- La Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, tomará las medidas necesarias para el inmediato funcionamiento de la Seccional creada.
Asimismo el Poder Ejecutivo Provincial preverá en el Presupuesto las erogaciones que demanden el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese y ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO
Firmantes: HERNANDEZ-GUZMAN-Oyarzo-Vera
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1991-1995)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):