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Título: AFECTACION DE PORCENTAJE DE COPARTICIPACION DE LA LEY Nº 23548 EN GARANTIA DE CREDITOS DESTINADOS A MICROEMPRENDIMIENTOS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 6 Set. 1991
Fecha de publicacion: 10 Set. 1991
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El Interventor Federal de la Provincia de Catamarca
Sanciona y Promulga con Fuerza de
LEY:
ARTICULO 1.- La Provincia de Catamarca, afectará el porcentaje de coparticipación de la Ley Nº 23.548, que perciba de Tesorería General de la Provincia, hasta la suma de Dólares Estadounidenses Setenta y Cuatro Mil Novecientos Sesenta (U$S 74.960.-) en garantía del crédito otorgado por el C.F.I.-F.F.I., destinado a microemprendimientos.
ARTICULO 2.- El Ministerio de Producción, será el encargado de implementar y disponer todo lo relativo a los créditos mencionados en el Artículo 1.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PROL-Aramburu
Gestión: Luis Prol (Gestion 1991-1991)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):