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Detalle de Ley 4564
  

 

Título: CREASE COMISIÓN AD-HONOREM DESTINADA A LOGRAR LA RESTAURACION Y CONSERVACION DEL CORAZÓN DE FRAY MAMERTO ESQUIÚ

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 16 Ago. 1989

Fecha de publicacion: 24 Nov. 1989

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Ley 4564 - Decreto Nº 2803
CREASE COMISION AD-HONOREM DESTINADA A LOGRAR LA RESTAURACION Y CONSERVACION DEL CORAZON DE FRAY MAMERTO ESQUIU

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Créase una Comisión ad-honorem integrada por un representante del Poder Ejecutivo Provincial y otro de la Comunidad Franciscana de Catamarca, a los efectos de abocarse a la tarea de lograr la restauración y conservación del Corazón de Fray Mamerto Esquiú. Esta Comisión se vinculará directamente con el Ministerio de Asuntos Institucionales, quien brindará la colaboración necesaria para la concreción de sus fines.

ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1, serán atendidos con la partida de Rentas Generales.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: SECO-MACEDO-Giordani-Rizo

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1988-1991)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 94/1989

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