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Detalle de Ley 4919
  

 

Título: MODIFICASE LA LEY N°4874 DE CREACION DE LOS JUZGADOS COMERCIAL Y DE EJECUCIONES DE PRIMERA INSTANCIA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 31 Julio 1997

Fecha de publicacion: 30 Set. 1997

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Ley N° 4919 - Decreto N° 1483
MODIFICASE LA LEY N° 4874 DE CREACION DE LOS JUZGADOS COMERCIAL Y DE EJECUCIONES DE PRIMERA INSTANCIA

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1.- Modifícase el Artículo 1 de la Ley Nº 4874, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1.- Transfórmanse los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Quinta y Sexta Nominación, en Juzgados de Primera Instancia en lo Comercial y Ejecuciones de Primera y Segunda Nominación respectivamente. Los mismos tendrán asiento y jurisdicción en la Primera Circunscripción Judicial y entenderán con competencia exclusiva en:
a) Juicios Ejecutivos.-
b) Ejecuciones Hipotecarias y Prendarias.-
c) Ejecuciones Comerciales.-
d) Ejecuciones Fiscales.-
e) Juicios Ordinarios que se inicien como consecuencia del Juicio Ejecutivo.-
f) Concurso Preventivo y Quiebras.-
g) Embargos Voluntarios.-
h) En todo procedimiento cuya materia sea de naturaleza comercial conforme lo establece el Código de Comercio y Leyes Complementarias”.

ARTÍCULO 2.- Sustitúyese el texto del Artículo 138 de la Ley Nº 2337, reformado por Ley Nº 4771, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 138.- El Registro Público de Comercio estará a cargo de una Secretaría permanente bajo jurisdicción y competencia del Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial y Ejecuciones en turno que por esta Ley se crea”.-

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, Publíquese y ARCHÍVESE.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE

 

Firmantes: QUINTAR-SEGURA-Nieva-Altamirano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1995-1999)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 78/1997

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