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Título: EXPROPIASE UN TERRENO EN BAÑADO DE OVANTA - DPTO. SANTA ROSA - RED COLECTORA Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE LIQUIDOS CLOACALES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 7 Ago. 1997
Fecha de publicacion: 7 Oct. 1997
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, una parcela de terreno ubicada en la localidad de Bañado de Ovanta, Dpto. Santa Rosa identificada en la Dirección Provincial de Catastro con Matrícula N° 14-24-14-2151 y cuyos demás datos dominiales y catastrales obran en la documentación anexa.
ARTICULO 2º.- La parcela de terreno, referenciada en el Artículo anterior, será destinada a la construcción de la Red Colectora y Planta de Tratamientos de Líquidos Cloacales.-
ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el Artículo 1º, y la concreción de la obra serán realizados por fondos y personal provenientes de Obras Sanitarias Catamarca I.P.V. PO.SO.CO. y Municipalidad de Santa Rosa.-
ARTICULO 4º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, para que la presente Ley, luego de sancionada por ambas Cámaras y promulgada disponga lo pertinente para continuar con el trámite judicial correspondiente. -
ARTICULO 5º.- Comuniqúese, publíquese y ARCHIVESE.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-
Firmantes: QUINTAR-SEGURA-Nieva-Altamirano
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1995-1999)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):