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Título: DECLARASE PATRIMONIO HISTORICO AL PUENTE DE HIERRO EMPLAZADO SOBRE EL RIO DEL VALLE
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 28 Oct. 2004
Fecha de publicacion: 23 Nov. 2004
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Declárase Patrimonio Histórico de la Provincia de Catamarca el Puente de Hierro emplazado sobre el Río del Valle en el trazado de la Ruta Nacional N° 38, en el límite jurisdiccional de los Departamentos Capital y Valle Viejo.
ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial gestionará ante el Gobierno Nacional la transferencia del dominio del puente señalado en el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial, conforme lo establece la Ley N° 4.831, en sus artículos 2°, 3°, 5° y 7°, deberá incorporar la obra declarada patrimonio histórico en el Artículo 1° de la presente Ley, al Catálogo de Bienes Históricos - Culturales de la Provincia, asimismo concretar las acciones necesarias para su puesta en valor y conservación.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Firmantes: AGÜERO-HERRERA-Cangi-Calliero
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2003-2007)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):