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Título: DECLARASE CIUDADANO ILUSTRE DE LA PROVINCIA AL ARTISTA PLASTICO SEÑOR RAUL GUZMAN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 1 Nov. 2006
Fecha de publicacion: 1 Dic. 2006
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Declárase Ciudadano Ilustre de la Provincia de Catamarca, al artista plástico Señor Raúl Guzmán, DNI. N° 8.413.908, en mérito a su dilatada trayectoria artística, llevando a la Provincia a ocupar un importante lugar en el orden nacional e internacional, a través de sus obras.
ARTICULO 2°.- EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, otorgará al aludido artista, una medalla de oro, como testimonio a su permanente dedicación al arte, que en sus manos exaltan nuestra historia y tradiciones.
ARTICULO 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial, a disponer de los fondos necesarios, para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley, imputando el gasto en la partida presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATUR A DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, AL PRIMER DIA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS
Firmantes: AGÜERO-HERRERA-Zafe-Cangi
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2003-2007)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):