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Detalle de Ley 5105
  

 

Título: OTORGASE UNA PENSION GRACIABLE Y VITALICIA A LA SRTA. MARIA CELESTE MOYA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 27 Nov. 2003

Fecha de publicacion: 9 Enero 2004

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley N° 5105 - Decreto N° 04
OTORGASE UNA PENSION GRACIABLE Y VITALICIA
A LA SRTA. MARIA CELESTE MOYA

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- Otórgase una pensión graciable con carácter vitalicio a la Srta. María Celeste Moya, DNI 27.351.713, con domicilio en El Rodeo, departamento Ambato, a partir de la promulgación de la presente Ley.-

ARTICULO 2°.- El monto de la pensión mencionada en el Artículo precedente, será equivalente a las remuneraciones del cien por cien (100%) de lo que corresponde a la categoría veinticuatro (24) del Escalafón General de la Administración Pública Provincial y se hará efectiva mensualmente.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-


 

 

Firmantes: HERRERA-Agüero-Villafañe-Nieva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2003-2007)

Observaciones:

   
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