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Detalle de Ley 5107
  

 

Título: MODIFICASE LA LEY N° 4693 - ORGANICA DE MINISTERIOS

Estado: Derogada

Fecha de sanción: 23 Dic. 2003

Fecha de publicacion: 9 Enero 2004

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Ley N° 5107 – Decreto N° 06
MODIFICASE LA LEY N° 4693 – ORGANICA DE MINISTERIOS

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 1° del Decreto Ley N° 4693, modificado por Ley N° 4987, por el siguiente:
«ARTICULO 1°.- El despacho de la gestión administrativa del Poder Ejecutivo, estará a cargo de los siguientes Ministerios:
De Gobierno y Justicia.
De Hacienda y Finanzas.
De Producción y Desarrollo.
De Salud.
De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
De Obras y Servicios Públicos.»

ARTICULO 2°.- Derógase el Artículo 2° de la Ley N° 4987.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

AGÜERO-HERRERA-Zafe-Villafañe

 

 

Firmantes: AGUERO -Herrera-Zafe-Villafañe

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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