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Título: RECONÓCESE A LOS HÉROES CATAMARQUEÑOS DE LA GUERRA DE MALVINAS, INSTALANDO CARTELERIA ALUSIVA EN LAS RUTAS DE ACCESO A CADA DEPARTAMENTO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Mayo 2014
Fecha de publicacion: 27 Enero 2015
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTÍCULO 1°.- Dispóngase la instalación de carteles señalizadores en la rutas de acceso a cada departamento de la Provincia de Catamarca en cuyo territorio hayan nacido ex combatientes catamarqueños de la guerra de Malvinas, conteniendo la siguiente leyenda: BIENVENIDO AL DEPARTAMENTO «…» PROVINCIA DE CATAMARCA, ORGULLOSA CUNA DE ESTOS HEROES QUE DIERON SU VDA POR NUESTRA PATRIA, SU HISTORIA Y SUS GENERACIONES FUTURAS, con el detalle de cada ex combatiente catamarqueño nacido en dicho departamento.
ARTÍCULO 2°.- La Dirección de Vialidad Provincial será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley y arbitrará los medios necesarios para el diseño, fabricación e instalación de la cartelería mencionada respetando las normas y parámetros de la señaléctica oficial de la Provincia de Catamarca.
ARTÍCULO 3°.- A los fines de efectuar el diseño de la cartelería y la publicación de listados con datos personales de ex combatientes catamarqueños, serán consultadas las familias y las asociacions de ex combatientes catamarqueños de las guerra de Malvinas con sede en el territorio provincial.
ARTÍCULO 4°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los (60) días de su promulgación.
ARTÍCULO 5°.- De forma.
Firmantes: MERA-RIVERA-Agüero-Bellón
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):