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Título: DECLÁRASE COMO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DE LA PROVINCIA A LOS ITINERARIOS EN LOS DEPARTAMENTOS TINOGASTA Y ANTOFAGASTA DE LA SIERRA COMO RUTA DEL ARRIERO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Ago. 2013
Fecha de publicacion: 7 Enero 2014
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Dispóngase Declárase como Patrimonio Histórico Cultural de la Provincia de Catamarca a los itinerarios identificados en los departamentos de Tinogasta y Antofagasta de la Sierra y que forman parte del circuito histórico, cultural y turístico denominado la Ruta del Arriero.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 4831, de Preservación del Patrimonio Cultural e Histórico de la Provincia de Catamarca, a incluir como Patrimonio Histórico Cultural dentro de la denominada Ruta del Arriero, a nuevos itinerarios vinculados en esta temática en los dieciséis (16) departamentos de nuestra Provincia.
ARTÍCULO 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial, procederá conforme lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Ley a adoptar las medidas tendientes a cumplimentar las prescripciones de la Ley N° 4831.
ARTÍCULO 4°.- Los itinerarios de la Ruta del Arriero determinados en el Artículo 1° de la presente Ley, se adjuntan a la presente como anexos I, II y III.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
Firmantes: MERA-TOMASSI-Rosales Vera-Barros
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):